sábado, 14 de mayo de 2011

FACTURA ELECTRÓNICA EN DOLARES

Una pregunta recurrente para muchas empresas que están evaluando el subirse a facturación electrónica es justamente, el poder emitir facturas electrónicas en dólares u otra moneda extranjera.

La respuesta es si, no, si, no, quizá.

Se puede emitir CFDI en dólares, ya que este formato que entra en vigor en 2011 tiene campos específicos para la moneda y el tipo de cambio.

No se puede emitir CFD en dólares de manera directa, ya que en todo el formato no tiene campos para recibir la moneda ni el tipo de cambio. en la última edición del anexo 20 corrigió para el CFDI pero no para el CFD

Sin embargo existe un recurso que el propio anexo 20 permite, y es el uso de addenda, textualmente dice:
"La facilidad de ensobretado consiste en ofrecer un mecanismo a aquellos contribuyentes que desean utilizar otros formatos electrónicos de forma adicional y no substituta al establecido dentro del Anexo 20 Rubro I.B y II.A. Su objeto es permitir que el envío de dichos formatos

adicionales se integre dentro del cuerpo del estándar de comprobante fiscal digital definido por el SAT, facilitando el transporte de los formatos e información adicional, evitando con ello envíos paralelos"

Y dado que el uso de facturas en dólares no está prohibido y es una información adicional no contemplada en el cuerpo del CFD, esta información puede incorporarse en la addenda.

Entonces la buena noticia es que se pueden emitir CFD en dólares con el uso de addenda, y de hecho en la addenda de la AMECE, la cual ha sido adoptada por muchos de los corporativos mexicanos, contempla un mensaje especifico para la moneda y la paridad

La mala noticia es que la addenda no forma parte de la cadena original, y por lo tanto tampoco del sello del CFD, por lo que tiene que existir un acuerdo entre el proveedor y el cliente para recibir de forma segura el contenido de la addenda que acompaña al CFD, lo cual lo han resuelto muchos corporativos mediante el uso de protocolos EDI de comercio electrónico para el envío y recepción del CFD de manera segura.

Entonces si quiero facturar a público en general que no tiene mayor conocimiento de addendas, es posible que me represente algún problema de aceptación de dicha factura, aunque con la opción de recibir el CFD impreso podría resolverse al menos por este año.

¿Y si incorporo al CFD un texto con la moneda y el tipo de cambio?
Esta opción esta empezando a evaluarse en empresas de la frontera, donde el uso de facturas en dólares es práctica común para todo tipo de bienes y servicios, el manejo podría ser incorporando un concepto extra a la factura, con cantidad cero y costo cero, donde se especifique que la factura son X dólares al tipo de cambio de Y. 
El uso de este renglón extra ya se emplea por algunas cadenas comerciales para agregar el número de ticket y otra información adicional al CFD sin tener que usar addenda.

Tendría las siguientes ventajas:
  1. Va dentro de la cadena original y por lo tanto dentro del sello
  2. No requiere una addenda que se tendría que explicar de forma adicional
  3. No está prohibido, y dado que en el CFD no se especifica que solo puede usarse para pesos, y al no tener fija la moneda, esta es información adicional que no contraviene de manera directa al anexo 20

Será tarea del SAT y los fiscalistas explorar esta manera de operar y darle un SI o NO definitivo, por lo cual la respuesta actual es quizá.

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